Comer o no comer, esa es la cuestión – 2
Ya comentamos por aquí con anterioridad que la única intervención demostrablemente efectiva para retrasar el envejecimiento es la conocida como restricción calórica, la reducción de la ingesta de calorías en la dieta sin caer en la malnutrición. También advertíamos que los supuestos beneficios de una dieta baja en calorías para los humanos estaban aún lejos de estar bien asentados. Ni siquiera la generalización en la que repetidamente caemos de que este efecto se reproduce en muy distintos organismos, desde la levadura hasta los mamíferos, está libre de matizaciones y excepciones. Pese a todas estas premisas de precaución necesarias, son muchos los laboratorios de investigación y las compañías farmacéuticas interesadas en este fenómeno, incluso aunque no entendamos bien cómo funciona.
Un aspecto destacable de la restricción calórica es que protege frente a diversas enfermedades y procesos patológicos, como el daño hepático y renal, la diabetes tipo 2, las enfermedades cardiovasculares, las infecciones virales, y de manera importante, frente al cáncer (ver revisión sobre los efectos de la restricción calórica sobre la salud 1). Como es de imaginar, esta faceta de la restricción calórica es de enorme interés y está en línea con una tendencia muy de moda, la de considerar la dieta como un aspecto fundamental sobre el que incidir en el tratamiento del cáncer. Dicho esto, pese a que la dieta ofrece unas oportunidades potenciales de intervención terapéuticas muy atractivas, aún estamos muy lejos de entender la relación entre dieta, metabolismo y cáncer como para poder plantear ninguna estrategia efectiva. Por tanto, aquellos consejos que se encuentren por internet o leyendo libros de autoayuda, con recomendaciones en este sentido, son pura charlatanería, además de peligrosos.
En este sentido, quizás convenga hacer un inciso para recordar la figura de David Servan-Schreiber, psiquiatra francés y autor de best-sellers tan conocidos (y exitosos comercialmente) como “Anti-cáncer”, destacado en todas las estanterías de las librerías. Diagnosticado de un tumor cerebral, Servan-Schreiber se dedicó a difundir magufadas relacionadas con la alimentación y un espíritu positivo. Sus ideas de protección frente a prácticamente cualquier tipo de cáncer a través de la dieta, sus denuncias de los temibles efectos de los teléfonos móviles provocando tumores cerebrales, sus consejos esotéricos para contrarrestar hasta el más maligno de los tumores, se sustentaban, siendo benévolos, en un ánimo voluntarioso pero no basado en evidencias sólidas que digamos. Pese a ello, por los insondables caminos que llevan al éxito a aquellos que deciden difundir las más peregrinas ideas relacionadas con la salud, sus postulados fueron difundidos ampliamente y han calado hondo en mucha gente que está ahora dispuesta a creer a pies juntillas en el poder cuasi mágico de la dieta y el pensamiento positivo. Eso, incluso tras la muerte el año pasado del susodicho David Servan-Schreiber por su tumor cerebral.
Volviendo al tema que nos ocupa, lo más sorprendente es que la restricción calórica aporta toda esta serie de beneficios para la salud mas allá de sus efectos prolongadores de la longevidad. Los experimentos en laboratorio se realizan fundamentalmente con ratones, pero los animales que se usan son cepas genéticamente puras adaptadas al laboratorio tras muchos años de cruces entre individuos de la misma cepa. Por ello, el laboratorio que dirige Steven Austad en la UTHSC de San Antonio, Texas, EEUU, decidió hace unos años estudiar este fenómeno de la restricción calórica en ratones más próximos a los que podemos encontrar en la naturaleza. Sus conclusiones fueron sorprendentes (2). Primero de todo, observó que los ratones “naturales” no responden prolongando su vida del mismo modo que lo hacen los de laboratorio. Pero, eso sí, están más protegidos frente al desarrollo de cáncer. Estos resultados implican que la reducción de calorías en la dieta puede disparar mecanismos de respuesta que quizás sean capaces de protegernos frente a enfermedades como el cáncer y, de manera independiente, quizás puedan también incidir sobre nuestra expectativa de vida. Pero ambos aspectos bien podrían ser separables.
Además de restricción calórica, disminuyendo el número de calorías, también se han intentado otra serie de alteraciones de la dieta para estudiar tanto sus efectos en la salud como su posible incidencia sobre la longevidad. De este modo, existe investigación en restricción calórica, ayuno intermitente (comer hasta hartarse día sí/día no), e incluso ayuno agudo (no comer nada un periodo de tiempo determinado). Uno de los hallazgos más recientes en esta área es el realizado en el laboratorio de Valter Longo, investigador de la USC de California, EEUU, quien propone que un ayuno total, pero no prolongado en el tiempo, podría resultar beneficioso para contrarrestar el efecto negativo de la quimioterapia sobre las células sanas de los pacientes de cáncer (revisado en 3). Lo que este investigador plantea es que de algún modo, el ayuno agudo induce una respuesta de protección celular que es diferencial entre las células sanas y las tumorales, debido a que la acción de los oncogenes activados presentes en las células tumorales impide que las células monten esta respuesta. Al final, el resultado es que las células sanas se protegen eficientemente frente a los efectos perjudiciales de la quimioterapia gracias a la respuesta inducida por el ayuno, mientras que las células tumorales son más sensibles porque impiden esa respuesta de protección disparada por el ayuno. Si aún no se han perdido llegados a este punto, el grupo que lidera Valter Longo le ha dado una vuelta de tuerca más a estas investigaciones y describe ahora que la restricción calórica no solo protege a las células normales de los efectos perjudiciales de la quimioterapia, si no que además hace que esa quimioterapia sea más efectiva frente a las células tumorales (4). De nuevo, “¡¡¡no intenten esto en casa!!!”. Alterar la alimentación normal es siempre peligroso, pero aún más cuando existen estados patológicos, y peor cuando estos son tan graves como lo son en el caso de pacientes de cáncer. De hecho, la American Cancer Society recomienda a los pacientes de cáncer sometidos a quimioterapia que aumenten la ingesta de calorías y proteínas, y por tanto esta es la recomendación más sensata en estos momentos.
Existen estudios clínicos controlados con pacientes en marcha para evaluar el efecto de esta estrategia de ayuno agudo como método de mejorar las condiciones de respuesta a la quimioterapia y, si en algún momento se llega a demostrar su efectividad y a entender cómo funciona, podría emplearse en clínica; pero aún es pronto para ello.
Referencias
1 – Una intensiva revisión sobre la restricción calórica y sus efectos sobre la salud:
Spindler SR. (2010) Caloric restriction: from soup to nuts. Ageing research reviews, 9(3), 324-53. PMID: 19853062
2 – Los efectos de la restricción calórica en ratones más próximos a los que se encuentran en la naturaleza y protección frente al cáncer:
Harper JM, Leathers CW, & Austad SN. (2006) Does caloric restriction extend life in wild mice?. Aging cell, 5(6), 441-9. PMID: 17054664
3 – Revisión sobre los efectos de la restricción calórica o el ayuno en la protección frente a la quimioterapia:
Lee C, & Longo VD. (2011) Fasting vs dietary restriction in cellular protection and cancer treatment: from model organisms to patients. Oncogene, 30(30), 3305-16. PMID: 21516129
4 – Nuevo artículo sobre el efecto del ayuno en quimioterapia:
Lee, C. (2012) Fasting Cycles Retard Growth of Tumors and Sensitize a Range of Cancer Cell Types to Chemotherapy. Science Translational Medicine. DOI: 10.1126/scitranslmed.3003293
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Hormesis: Entrenamiento contra el envejecimiento
Ya comentamos por aquí con anterioridad que la única intervención demostrablemente efectiva para retrasar el envejecimiento es la conocida como restricción calórica, la reducción de la ingesta de calorías en la dieta sin caer en la malnutrición. También advertíamos que los supuestos beneficios de una dieta baja en calorías para los humanos estaban aún lejos de estar bien asentados. Ni siquiera la generalización en la que repetidamente caemos de que este efecto se reproduce en muy distintos organismos, desde la levadura hasta los mamíferos, está libre de matizaciones y excepciones. Pese a todas estas premisas de precaución necesarias, son muchos los laboratorios de investigación y las compañías farmacéuticas interesadas en este fenómeno.
La primera cuestión que muchos se preguntan es ¿por qué reducir las calorías prolonga la vida? Por el momento desconocemos con certeza la solución a esta pregunta, pero se ha propuesto que esta mayor longevidad es una respuesta adaptativa a la escasez de alimentos, algo frecuente en la naturaleza, y que lleva a los organismos a ralentizar todas sus funciones, una especie de entrada en letargo, modo ahorro o hibernación, a la espera de tiempos más benévolos de comida abundante que ofrezcan mayores garantías de éxito en la reproducción.
Sin embargo, esta posibilidad no satisface a muchos investigadores. Otra explicación alternativa se basa en el fenómeno conocido como “hormesis”. En toxicología, se entiende por hormesis al (de la Wikipedia) “fenómeno de respuesta a dosis caracterizado por una estimulación por dosis baja y una inhibición para dosis altas”, o lo que es lo mismo, una respuesta positiva estimulada por una muy pequeña dosis de algo que a dosis mayores tiene un efecto negativo. Piensen en el efecto de ciertas medicinas (de las de verdad, no en las homeochuches), antibióticos, venenos, etc. La respuesta de un organismo al estrés provocado por la falta de calorías puede ser protectora frente al daño inducido durante el proceso de envejecimiento. Algunos han llegado a poner nombre y apellidos a los mediadores de este proceso en el caso del retraso del envejecimiento por restricción calórica.
Investigadores liderados por Michael Ristow en el Instituto de Nutrición de la Universidad de Jena, en Alemania, propusieron hace unos años que la inducción de estrés oxidativo, normalmente asociado al envejecimiento, como consecuencia de la falta de glucosa en la dieta de los gusanos C. elegans, resulta en una respuesta de protección, precisamente, frente a ese estrés oxidativo, y es esa respuesta la que termina protegiendo al gusano del envejecimiento. Por así decirlo, la restricción calórica podría suponer una especie de entrenamiento que nos sitúa enfrente de un problema a escala menor, para que sirva de sparring con el que ponernos en forma y ensayar los golpes que nos servirán para derrotar a su primo de zumosol, el envejecimiento. Una consecuencia derivada de estas observaciones es que el tratamiento antioxidante impide esta protección, lo que resulta perjudicial en términos de protección frente al envejecimiento, un dato experimental más en contra de los perjudiciales (como ya vimos aquí), y no por ello menos de moda, antioxidantes.
Referencias:
Schulz, T., Zarse, K., Voigt, A., Urban, N., Birringer, M., & Ristow, M. (2007). Glucose Restriction Extends Caenorhabditis elegans Life Span by Inducing Mitochondrial Respiration and Increasing Oxidative Stress Cell Metabolism, 6 (4), 280-293 DOI: 10.1016/j.cmet.2007.08.011
Comer o no comer, esa es la cuestión

Clive McCay (1898–1967), Universidad de Cornell. Pionero de la investigación en restricción calórica
La única intervención demostrablemente efectiva para retrasar el envejecimiento, de manera reproducible y extensible a muy distintos (y distantes evolutivamente) organismos, es la conocida como restricción calórica. Esta práctica consiste en reducir la ingesta de calorías en la dieta sin caer en la malnutrición. Ya en los años 30 del siglo pasado, pioneros como Clive McCay, de la Universidad de Cornell, demostraron que ratas alimentadas con una dieta baja en calorías vivían hasta el doble que el grupo de ratas alimentadas ad libitum (es decir, sin restricciones hasta saciarse). Además existía una clara correlación inversa entre cantidad de calorías consumidas y supervivencia media alcanzada, que podía ser forzada hasta alcanzar un límite en el que, obviamente, la escasa aportación de calorías era insuficiente para permitir la vida. A lo largo de muchos años, la misma observación se ha podido confirmar en levaduras, gusanos, moscas, ratones, …, e incluso recientemente, aunque aún no concluido en su totalidad, se han dado a conocer los resultados preliminares positivos obtenidos en un estudio con restricción calórica en monos (ver abajo la referencia concreta 1).
Todo esto ha hecho que la investigación científica en este campo y su efecto sobre la longevidad haya alcanzado cotas de enorme popularidad. Y como lógica derivación, las primeras comunidades de fanáticos ayunantes convencidos de estar arañando horas o días en cada comida que se saltan han empezado a surgir (florecer no sería un adjetivo muy acorde con el aspecto externo de estas personas), principalmente en Estados Unidos, por supuesto, sin esperar a datos y pruebas científicas claras. Sin embargo, mi recomendación y la de muchos otros más autorizados sin duda que yo, es la de “¡no intenten esto en casa!”. Incluso en esta área que lleva décadas de experimentación animal y en la que parece existir un amplio consenso, también existen voces discrepantes no carentes de cierta base bien fundamentada. Según los críticos, reducir la ingesta de alimento sitúa a los animales en una contexto más próximo a la realidad que encuentran en la naturaleza, en donde la comida no les cae en cantidades masivas cual operación humanitaria a escala descomunal, si no que la búsqueda de alimento es una lucha constante en la que emplean gran energía y que no resulta exitosa en muchas ocasiones. Realmente, argumentan, lo que estos experimentos demuestran es que la alimentación que los animales reciben en los laboratorios de investigación no es sana y por ello su reducción es beneficiosa. Los que hayan comido en cafeterías de institutos de investigación muy probablemente estén totalmente de acuerdo con esta hipótesis. Más aún, según algunos trabajos, la restricción calórica no es beneficiosa en todas las cepas de ratones (lo que podríamos equiparar a los distintos grupos étnicos de seres humanos), y cuando se realiza un estudio exhaustivo con un elevado número de ratones de diversas cepas, lo que se observa es que no se produce un beneficio generalizado, e incluso se puede observar un perjuicio para la salud provocado por dicha restricción calórica (para la referencia especializada ver 2).

Canto, a la izquierda, es un mono Rhesus (Macaca mulatta) de 27 años sometido a restricción calórica, mientras que Owen, 29, a la derecha, del grupo control, muestra signos de envejecimiento. Foto: Jeff Miller, Universidad de Madison, Wisconsin, EEUU.
En cualquier caso, los supuestos beneficios de la restricción calórica no están aún demostrados en humanos y podrían ser poco más que modestos o anecdóticos en lo relativo a prolongar la vida. Según los resultados preliminares obtenidos en el mayor estudio iniciado hasta el momento con voluntarios sanos por varios centros de investigación en Estados Unidos, el estudio CALERIE, la restricción calórica resulta en mejores parámetros metabólicos, tales como la reducción en los niveles de LDL-colesterol (el “malo”), en triglicéridos, menor resistencia a la insulina, etc; pero aún es pronto para saber si estas personas vivirán significativamente más tiempo que el resto de los mortales. Lo que sí está claro es que si intentamos trasladar las condiciones experimentales a las que son sometidos los animales de investigación en estos ensayos a los seres humanos, pocos son los que serían capaces de realizar semejante reducción de calorías y pocos también los dispuestos a soportar esa tiranía y sus efectos negativos (que los tiene indudables). Sólo aquellos con fuertes convicciones, cuasi-religiosas, que creen haber encontrado el camino de la verdad hacia la vida eterna, son capaces de renunciar a los pecaminosos placeres de la abundancia de alimentos. Siempre que se realice con total consciencia y conocimiento, tras una profunda investigación del tema, apoyo especializado y con plena capacidad de decisión, es una opción tan respetable como otra, por supuesto. Eso sí, nunca podrá estar indicada para niños o ancianos. Decíamos que causa indudables problemas, como una pérdida de masa muscular y reducción de la densidad ósea (de graves consecuencias para ambos grupos), o problemas evidentes de desarrollo físico y cognitivo en etapas tempranas de crecimiento. Uno de los cambios también más habituales son los relacionados con los perfiles hormonales y una consecuencia conocida de la prolongada
reducción de calorías es la esterilidad, algo que los ayunantes celebran, porque una tardía reproducción (o una falta total de capacidad reproductiva) también se ha asociado con un periodo de vida más prolongado. Algún estudio ha llegado incluso a correlacionar el ayuno con la adquisición de un patrón de expresión (el perfil molecular de la célula, caracterizado por la expresión o falta de expresión de cada uno de sus genes en un momento dado) “femenino” (ver referencia especializada 3), para mayor regocijo de los defensores de las dietas hipocalóricas si cabe, ya que es un hecho bien conocido que las hembras de muy diversas especies viven mas tiempo (ver por ejemplo esta entrada anterior). Qué cosas suben y qué cosas bajan en un perfil molecular feminizado son para mi un misterio.
Esta entrada fue publicada con anterioridad en el blog colectivo amazings.es
Referencias especializadas (en inglés y en revistas de acceso restringido):
1 Artículo de la revista Science presentando los resultados preliminares de la restricción calórica en monos:
Colman RJ, Anderson RM, Johnson SC, Kastman EK, Kosmatka KJ, Beasley TM, Allison DB, Cruzen C, Simmons HA, Kemnitz JW, & Weindruch R (2009). Caloric restriction delays disease onset and mortality in rhesus monkeys. Science (New York, N.Y.), 325 (5937), 201-4 PMID: 19590001
2 Artículo mostrando los resultados de un extenso estudio de restricción calórica con numerosos ratones de distintas cepas:
Liao CY, Rikke BA, Johnson TE, Diaz V, & Nelson JF (2010). Genetic variation in the murine lifespan response to dietary restriction: from life extension to life shortening. Aging cell, 9 (1), 92-5 PMID: 19878144
3 Feminización del patrón de expresión por restricción calórica:
Estep PW 3rd, Warner JB, & Bulyk ML (2009). Short-term calorie restriction in male mice feminizes gene expression and alters key regulators of conserved aging regulatory pathways. PloS one, 4 (4) PMID: 19370158
Oyendo y viendo a Izpisúa
Entrevista de Pepa Fernández en RNE para su programa “No es un día cualquiera“, a Juan Carlos Izpisúa, director del Centro de Medicina Regenerativa de Barcelona (CMRB), e investigador del Salk Institute de la Jolla en San Diego, California. En ella, Izpisúa explica aspectos relacionados con las células madre, las células iPS, la terapia celular y la medicina regenerativa, el envejecimiento y su trabajo sobre la “reprogramación de la progeria“, el uso de la tecnología de células iPS a la enfermedad de envejecimiento prematuro HGPS, que ya tuvimos ocasión de discutir aquí.
http://www.rtve.es/swf/4.0.31/RTVEPlayerAudio.swf
- A la carta
- > Radio
- > Radio Nacional
- > No es un día cualquiera
- > No es un día cualquiera – Juan Carlos Izpisúa: ¿Evitaremos el envejecimiento?
(Nota: Visto a través del twitter de @A_Valenzuela, ¡síguela!)
Y entrevista en RTVE para “Informe Semanal“, también de nuevo con Juan Carlos Izpisúa y con los mismos temas.
http://www.rtve.es/alacarta/videos/informe-semanal/informe-semanal-cuestion-tiempo/1178559/
Aclaraciones y puntualizaciones
Recientemente decidí escribir un par de artículos para Amazings.es (posteriormente publicados también aquí y aquí) que tratarían de aclarar algo el turbio panorama creado tras la decisión judicial relativa a las patentes con células madre embrionarias humanas. Mi intención con el primero de los artículos fue aclarar el embrollo técnico y judicial que se produjo a cuenta de esta decisión del tribunal de justicia de la UE. Creo que dicha decisión es muy importante y tendrá consecuencias que nos afectarán a todos, y por ello he tratado de informarme lo mejor posible y de explicarlo con claridad.
Por el contrario, el segundo de los artículos es evidentemente un artículo de opinión, absolutamente subjetivo como no puede ser de otra manera. Surge de mi extrañeza al observar que el litigio sobre la patente que originó la decisión judicial parte de la organización Greenpeace, en todo su derecho, faltaría más, pero cuya motivación desconocía. Al leer el artículo de análisis del asesor de Greenpeace en este asunto explicando sus motivos, me pareció una postura bastante absurda y así decidí exponerlo.
Tras la publicación de estos dos artículos en Amazings.es, me veo en la necesidad de intentar hacer algunas puntualizaciones y aclaraciones al debate suscitado por los dos artículos publicados acerca de las patentes de células madre embrionarias humanas. Desgraciadamente no pude entrar a comentar debidamente uno por uno según se fueron produciendo esos comentarios y me gustaría intentar hacerlo ahora de manera conjunta.
Primero de todo me gustaría aclarar que soy investigador y desarrollo mi actividad de investigación en un organismo público de investigación. No tengo ninguna relación con empresas privadas de biotecnología, farmacéuticas, o de ningún otro tipo para el caso. No poseo patentes registradas, para mi desgracia y demérito de mi carrera científica, puesto que en la evaluación de la trayectoria científica personal por los organismos públicos (al igual que ocurre con la trayectoria de los institutos de investigación) se valora positivamente ese apartado. Vamos, que no tengo intereses particulares, aunque siempre surja alguna que otra voz que entienda que una posición de opinión en contra de Greenpeace tiene que estar fundamentada en oscuros intereses económicos.
He observado que en gran medida el debate que se ha suscitado incide sobre la ética de las patentes en general, y sobre la protección de la propiedad industrial en el caso de tecnologías y aplicaciones médicas en particular. Creo que discutir sobre la legitimidad, utilidad, etc, del sistema de patentes está fuera de mi alcance y es un debate sin duda impregnado de ciertos aromas a software libre, cultura compartida, etc, que creo que no tienen nada que ver con lo que se discute.
Cuando hablamos de patentes en el ámbito de la salud, rápidamente muchos meten en la ecuación a las malvadas farmacéuticas, con toda seguridad el sector de negocio que levanta más odio y suspicacias del mundo (no sin ciertas razones para ello). Se plantea así la posibilidad de patentar únicamente como una manera de limitar la investigación de los demás, como forma injusta de enriquecerse incluso a costa de la salud de todos, como un sistema de explotación de riqueza a cambio de un truco legal. Más curiosa aún resulta la posición que defiende que los resultados de la investigación llevada a cabo en organismos públicos sea libre, puesto que la pagamos todos. Como dato decir que Oliver Brüstle, el investigador alemán cuya solicitud de patente originó este litigio por parte de Greenpeace, es un investigador de la Universidad de Bonn, universidad pública.
Sin embargo, creo que bien puede analizarse al contrario. Un organismo público, que ha empleado el dinero de todos para realizar una investigación que ha generado un conocimiento útil gracias al esfuerzo y saber hacer de un grupo de científicos, debe proteger esa invención. ¿Qué puede ocurrir si no? Que cualquiera (ponga aquí el nombre de su compañía farmacéutica más odiada) explote comercialmente su invención, estableciendo además sus condiciones (y precio), dándose entonces la paradoja de que deberíamos volver a pagar por algo cuyo desarrollo costeamos entre todos. Eso en vez de generar riqueza, revertir la inversión al sector público, o asegurarse de que el avance pueda llegar a todos gracias a que somos los poseedores de la patente. Proteger bajo patente no implica querer enriquecerse, significa ser dueños del posible desarrollo comercial de una invención.
Por su parte, las empresas biotecnológicas (no sé porqué todo el mundo habla solo de las farmacéuticas) y las “Farma”, dejarán de desarrollar tecnologías y procedimientos terapéuticos en esta área en Europa, porque saben que este es territorio que no permitirá que protejan sus invenciones adecuadamente. Pese a algún comentario que he leído haciendo referencia a otros campos, en este mundo de la aplicación de métodos y procedimientos terapéuticos todo nuevo desarrollo se patenta y ese es un objetivo irrenunciable por parte de las compañías de biotecnología y farmacéuticas. Algún comentario reclamaba incluso que la salud y los medicamentos estén fuera de las manos de las empresas privadas. Curioso planteamiento, puesto que no sé cuántos medicamentos y procedimientos nos quedarían.
Ese es un efecto directo, pero hay otro indirecto que puede resultar también muy grave. Algún comentario hacía referencia a que la decisión judicial en cuestión únicamente impedía la protección por patente de unas investigaciones, pero no el desarrollo comercial de las mismas, ni mucho menos la financiación ni el planteamiento de dichas investigaciones. Desgraciadamente el panorama para muchos científicos no es tan halagüeño. Esta decisión judicial establece una definición de embrión humano increíblemente restrictiva y errónea, que puede ser usada como referencia posteriormente para legislar o decidir la financiación de la ciencia. Decide declarar no patentable cualquier técnica, procedimiento o material biológico que implique el uso de células madre embrionarias por muy lejano que el material a emplear se encuentre hoy en día de su presencia en embriones. Declarar que cualquier cosa que haya formado parte de “algo” que hubiese podido, llegado el caso, derivar en un ser humano, o incluso aunque biológicamente hubiese sido imposible su desarrollo en ser humano, es un ser humano, es ciertamente una chapuza y una metedura de pata. Llega a extremos de pensamiento mágico, del tipo del rechazo que muchos sentirían a vestir las ropas que hayan sido usadas anteriormente por un terrible asesino pese a estar perfectamente lavadas y desinfectadas, o a habitar una casa en donde se haya producido un crimen. Un tribunal de justicia no puede basar sus decisiones en el pensamiento mágico que otorga a cualquier material biológico derivado de un ser humano características humanas. Que Greenpeace piense así es su problema, pero que un tribunal lo reconozca y asuma, creo que es muy sorprendente. Defender que proteger bajo patente el desarrollo de un procedimiento médico basado en el uso en alguno de sus pasos de material que en algún momento fue derivado de un ser humano, es lo mismo que comerciar con un ser humano y por tanto es denigrante para la persona, es algo propio de ese pensamiento mágico, característico de organizaciones religiosas y por lo que parece también asumible por organizaciones como Greenpeace.
Si seguimos el hilo argumental de los que consideran “vida humana” a cualquier cosa que haya estado en algún momento cercano a un embrión humano, (fecundado o no), podemos llegar (si no lo hemos hecho ya, claro) a entrar en absurdos tan fantásticos como considerar a cualquier célula humana como potencialmente originadora de un organismo humano completo. De hecho, no quiero dar ideas, pero cualquier célula de las que se están desarrollando en la actualidad desde que surgió en el 2006 la técnica de reprogramación a célula pluripotente inducida (iPS), por la cual podemos dar marcha atrás en el reloj biológico de una célula cualquiera adulta hasta devolverla a un estado de pluripotencialidad similar al de las células madre embrionarias, en teoría (porque nadie va a cometer la aberración de testar esa posibilidad) debería ser incluso capaz de generar un ser humano completo. El Vaticano es firme defensor de estas células iPS, llegando incluso a organizar conferencias sobre el tema, pero a poco que alguien se ponga, podrían caer también en el saco de no sujetas a comercialización por motivos éticos.
Alguno dirá que es una exageración, pero basta con echar un vistazo a campañas como la promovida aquí por un grupo de comunicación haciéndose eco de un boicot contra la empresa Pepsi por una falaz acusación (ver vídeo solo si no se tiene el estómago muy delicado). Quizás Greenpeace se una también a dicha campaña, no sé.
De nuevo, ahondando más en las consecuencias derivadas de esta decisión, se prohíbe la protección bajo patente de invenciones que tengan que ver con embriones humanos porque se considera no ético. Eso es tanto como condenar la investigación en esta área en Europa, puesto que no permite asegurar una explotación comercial eficaz de la invención, siembra importantes dudas sobre la legalidad y adhesión a normas éticas de estas investigaciones, y supone un importante freno para la financiación por parte de organismos públicos y privados de más investigación en esta área.
Conferencia de la Semana de la Ciencia
Sólo quería escribir muy brevemente para agradeceros enormemente la asistencia a aquellos que, pese a la desagradable lluvia de hoy en Madrid, se han acercado para asistir a la conferencia que he dado en el CNIO dentro de las actividades de la Semana de la Ciencia. Para mi es un honor que alguien haga el esfuerzo de acercarse a escuchar lo que tengo que contarles y justifica el esfuerzo que le he puesto para preparar una charla lo más amena e informativa que he sabido hacer.
Nos vemos en cualquier otro momento, un saludo.
Greenpeace contra las patentes de células madre
Un aspecto interesante derivado del caso al que hacíamos referencia anteriormente, el relativo a la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 18 de Octubre, en el caso que enfrentaba a la conocida organización ecologista Greenpeace con el neurocientífico alemán Oliver Brüstle, de la Universidad de Bonn, es el del papel que en todo esto juega Greenpeace.
Como recordarán, este científico había solicitado la concesión de una patente sobre métodos que permitían diferenciar células madre embrionarias a células precursoras neurales, con el objetivo de su posible futuro uso en medicina regenerativa. Esa patente fue cuestionada por Greenpeace como contraria al derecho europeo que regula el uso de material biológico y protege a los embriones humanos contra su comercialización, y el asunto acabó en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronunciase al respecto, con las consecuencias negativas para la investigación en células madre embrionarias que ya discutimos con anterioridad.
¿Cuál es el punto de vista de Greenpeace en este asunto y en general en lo relativo a la investigación con células madre embrionarias? Para tener una idea lo más aproximada posible a la visión oficial de Greenpeace al respecto quizás pueda resultar ilustrativo echar un vistazo al artículo de análisis publicado en el diario El País por Christoph Then, asesor de Greenpeace Alemania y autor del recurso que ha motivado el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra las patentes en células madre embrionarias.

Chirstoph Then, asesor de Greenpeace que formó parte del litigio contra la patente que usaba células hES
El artículo, titulado de manera muy efectista “El ser humano como producto”, comienza directamente posicionándose en contra de la patentabilidad de productos biológicos, justificando su oposición a patentar la vida en su convicción de que extender el derecho de patente a cualquier forma de vida natural supone un uso incorrecto del derecho. Es decir, para Greenpeace, derivar cualquier producto biológico a partir del ser humano para su uso biotecnológico en salud es equivalente a usar el ser humano en si mismo y por tanto no es ético. Por tanto, ¿emplear el gen de la insulina humana para introducirlo en bacterias recombinantes y producir así insulina para el tratamiento de diabéticos no sería ético y constituiría un ejemplo de “patentar la vida”? ¿Tratar a pacientes con interferón, anticuerpos monoclonales, citokinas, etc, no es considerado ético según su código de honor? ¿Cultivar piel en laboratorio para tratar graves quemaduras es un uso injustificado de un producto biológico derivado de un humano?
Hace referencia Christoph Then de manera velada al litigio relacionado con las patentes de los genes de susceptibilidad a cáncer de mama y ovario, BRCA1 y BRCA2 por parte de la compañía Myriad, que levantó mucha polvareda y finalmente fueron desestimadas. Para ello dice que “en muchas ocasiones, las patentes de genes humanos han supuesto una traba al desarrollo y la investigación”, aunque no está claro cuál es la relevancia de los casos citados para el asunto que nos concierne de las células madre embrionarias humanas.
Continua el asesor de Greenpeace haciendo referencia a Monsanto y las semillas modificadas genéticamente para establecer un supuesto paralelismo con la patentabilidad de invenciones que implican a células madre embrionarias. Proclama solemne que “si se permite patentar embriones y óvulos, el ser humano se convertirá simplemente en un producto comercial”. Una afirmación sin duda que pone los pelos de punta, pero poco ajustada a la realidad, puesto que nadie ha discutido la exclusión de patentabilidad de los citados embriones y óvulos, que se encuentra explícitamente recogida en la legislación europea relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas.
A continuación, Christoph Then nos sale con una afirmación falsa, cuando asegura que “La Oficina Europea de Patentes prohibió en 2006 las patentes de células madre embrionarias porque el derecho europeo prohíbe las patentes de embriones humanos para usos comerciales”. La EPO ha estado concediendo patentes de invenciones que implicaban el uso de células madre embrionarias siempre que se hubiesen solicitado con fecha posterior al establecimiento de líneas de células madre embrionarias en cultivo, puesto que no implican el uso o destrucción de nuevos embriones, si no echar mano de líneas celulares en cultivo ya establecidas y disponibles en bancos de células. Basta con consultar la base de datos Espacenet.
Culmina el artículo felicitándose por la decisión judicial por cuanto considera que “impedirá el control de la vida por unos pocos”. Es decir, le importa un carajo a Greenpeace si proteger bajo patente una invención que implica el uso de células derivadas de embriones humanos es ético o no, si no que lo que realmente le preocupaba, según declaraciones de su asesor, es que ese control se ejerciese por unas pocas (¿cuántas serían deseables?) empresas de biotecnología. Asegura además que esta decisión se produce “sin que esto suponga un límite a la investigación”. Curioso, justo lo contrario que las más importantes organizaciones que agrupan a investigadores en el campo de las células madre, como la internacional ISSCR o la europea EuroStemCell.
En resumen, el típico mensaje apocalíptico, simplista y tecnófobo al que cada vez más nos tiene acostumbrados una organización como Greenpeace, que les lleva a alinear sus posturas con los sectores más conservadores de la curia romana y el ala más radical del partido republicano estadounidense, por poner solo algunos ejemplos representativos de sus posturas.
El lío de las patentes con células madre embrionarias
Las terapias basadas en células madre representan uno de los avances más prometedores en las nuevas tecnologías médicas. Sin duda, como ocurre con todo nuevo descubrimiento, no están exentas de dificultades técnicas que pueden terminar por apagar el entusiasmo original. Ya sufrimos enormes reveses anteriormente con otras tecnologías que también prometían ser el mayor avance de la humanidad y que parecían suponer un paso definitivo para derrotar todas las enfermedades, estoy pensando por ejemplo en el famoso caso de la terapia génica. Pero no es menos cierto que esos pasos gigantescos en el conocimiento que nos permiten avanzar de manera muy significativa en nuestra salud se han producido ya con anterioridad y sabemos por tanto que son posibles. Repasando de cabeza, antibióticos, vacunas, transplantes, …, a cualquiera le vendrán multitud de ejemplos.
De lo que no cabe la menor duda es de que si no podemos analizar, probar, desarrollar, esas posibles terapias basadas en el uso de células madre, no podremos averiguar si la promesa se hace realidad y alcanzamos nuevos tratamientos radicalmente más efectivos y seguros que los actuales. Sin embargo, desde el principio, la investigación alrededor de células madre de origen embrionario se ha visto lacrada, entre otros, por unos aspectos éticos que han generado agrios debates.
Las células madre embrionarias se derivan del primer estadio de desarrollo embrionario en el que las divisiones celulares dejan de ser simétricas (es decir, divisiones que dan lugar a dos células hijas idénticas, con las mismas propiedades) para pasar a generar células con distintas capacidades. El embrión en esa etapa es denominado blastocisto, y consiste en una capa celular externa que provee de nutrientes al embrión (el denominado trofoblasto), y se desarrollará como placenta, y una masa celular interna (o “inner cell mass”) denominada embrioblasto, que consiste en células que tienen la capacidad de diferenciarse en todos los tipos celulares que aparecerán en el organismo adulto, dando lugar a los tejidos y órganos. Las células de este embrioblasto pueden ser aisladas y puestas en cultivo y, una vez adaptadas al nuevo medio, son lo que se denominan células madre embrionarias, o células ES (del inglés “embryonic stem”).
La extracción de estas células del blastocisto suponía hasta hace poco la destrucción del embrión, lo que para muchos era inaceptable porque chocaba con sus convicciones éticas, morales o religiosas. Lo cierto es que las líneas celulares de ES establecidas en cultivo que existen en la actualidad (que sobrepasan ya el centenar), no fueron en ningún caso obtenidas mediante la destrucción de embriones que hubiesen sido obtenidos de manera ilícita o que hubiesen sido generados con ese objetivo, si no que derivan de embriones excedentes de procesos de fertilización in vitro. Cuando una pareja se somete a técnicas de fertilización in vitro, los embriones resultantes son muchos más de los necesarios para proceder con su implantación y son guardados congelados en las clínicas que se dedican a esta tecnología. Con el tiempo, el destino de esos embriones es ser destruidos, puesto que no cumplen ninguna función una vez completado el proceso de reproducción.
Pero hoy en día se han desarrollado técnicas que permiten derivar estas células ES incluso sin que ello suponga la destrucción de los embriones. La empresa estadounidense Advance Cell Technologies (ACT), una de las que pugna por desarrollar terapias basadas en células madre, basa muchas de sus propuestas terapéuticas en este tipo de células madre para obviar el rechazo de diversos sectores contrarios a tecnologías que supongan la destrucción de embriones humanos.
Pero por si todo esto no fuera poco, recientemente se ha producido un importante revés en el desarrollo de las terapias basadas en el uso de células madre embrionarias. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, dictaba sentencia el pasado 18 de Octubre en el caso que enfrentaba a la organización ecologista Greenpeace con el neurocientífico alemán Oliver Brüstle, de la Universidad de Bonn. Este científico había solicitado la concesión de una patente hace años, en 1999, de métodos que permitían diferenciar células madre embrionarias a células precursoras neurales, del tipo de las que en los organismos adultos serían capaces de dar lugar a las células adultas especializadas del sistema nervioso. Esa patente fue cuestionada por Greenpeace como contraria al derecho europeo que regula el uso de material biológico y protege a los embriones humanos contra su comercialización, y el tribunal de patentes alemán decidió revocar la patente en el 2006. Cuando el científico alemán recurrió la decisión, la justicia alemana decidió acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronunciase al respecto.
La Directiva comunitaria afectada por el litigio es la 98/44, relativa a la protección por patente de material biológico, en donde hay un artículo (el artículo 6) que dice literalmente (en su apartado 2, letra c) que no será patentable “la utilización de embriones humanos con fines industriales o comerciales”. El científico alemán se escudaba en que él no trataba de patentar el uso de un embrión, si no un método aplicable a células embrionarias existentes para dirigir su diferenciación hacia un tipo celular concreto. Por su parte, Greenpeace, sostenía que la obtención de una célula madre embrionaria, imprescindible para poner en práctica el método a patentar, implicaba necesariamente el uso de un embrión, por lo que se estaría infringiendo el artículo 6 de la directiva.
Lo que este tribunal ha dictaminado es que:
1) Constituye un “embrión humano” todo óvulo humano a partir del estadio de la fecundación (está claro). No conforme con esa definición, la extiende también a todo óvulo humano no fecundado en el que se haya implantado el núcleo de una célula humana madura (tipo oveja Dolly, ¿la recuerdan?), y a todo óvulo humano no fecundado estimulado para dividirse y desarrollarse mediante partenogénesis. El problema es que tanto el proceso de transferencia nuclear de célula somática (el empleado en la generación de la oveja Dolly) como la estimulación partenogenética, no generan embriones viables humanos. Resulta extraño considerar persona humana “algo” que no podría nunca llegar a desarrollarse como tal.
Pero hay una consideración importante más. El tribunal expresa su dictamen con claridad con respecto al concepto de embrión humano, pero cuando hace referencia a la consideración que deben tener las células madre embrionarias establecidas en cultivo ya existentes, las que la patente necesitaría utilizar, el tribunal pasa la pelota a los tribunales nacionales. De un modo que recuerda a un famoso pronunciamiento “Marxista” (por Groucho, no Karl) el tribunal declara:
– Corresponde al juez nacional determinar, a la luz de los avances de la ciencia, si una célula madre obtenida a partir de un embrión humano en el estadio de blastocisto constituye un “embrión humano”.
2) La exclusión de la patentabilidad en relación con la utilización de embriones humanos con fines industriales o comerciales contemplada en el artículo 6, también se refiere a la utilización con fines de investigación científica, pudiendo únicamente ser objeto de patente la utilización con fines terapéuticos o de diagnóstico que se aplica al embrión y que le es útil.
3) El artículo 6 excluye la patentabilidad de una invención cuando la información técnica objeto de la solicitud de patente requiera la destrucción previa de embriones humanos o su utilización como materia prima, sea cual fuere el estadio en el que éstos se utilicen y aunque la descripción de la información técnica reivindicada no mencione la utilización de embriones humanos.
Parece evidente que la legislación de protección del embrión humano tenía como objetivo impedir que se produjesen embriones con el único objetivo de su utilización comercial, lo que resulta a todas luces comprensible. Pero no parece tan claro que emplear líneas celulares establecidas previamente en cultivo a partir de embriones procedentes de excedentes de clínicas de fertilidad, o de células aisladas sin causar la destrucción del embrión, pueda estar sujeto al mismo control restrictivo de su uso. En este sentido, parece que el Tribunal de Justicia de la UE deja abierto a la interpretación del juez nacional determinar si una célula madre embrionaria es equiparable a un embrión humano.
La decisión más relevante relativa a la patentabilidad de invenciones basadas en células ES se produjo por parte de la Oficina Europea de Patentes (EPO) en el conocido como caso WARF (caso G 02/06). En ese caso, la EPO resolvió en contra de la Fundación de Investigación Alumnos de Wisconsin (WARF, la oficina de transferencia de tecnología de la Universidad de Wisconsin en Madison) quienes habían solicitado la patente EP0770125 relativa al uso de células ES de primates. Lo que en aquel momento se decidió fue que las invenciones cuya explotación implicaban la destrucción del embrión no podían ser objeto de protección por patente por ser contrarias a la Regla 28(c) del Convenio de la Patente Europea (que es una trasposición del artículo 6(2)(c) de la directiva 98/44). Desde entonces, la EPO permite patentes de invenciones con células madre humanas basadas en líneas establecidas de ES con el requisito de que en el momento de la solicitud de patente, dichas líneas establecidas de ES ya fuesen disponibles, o hubiesen sido obtenidas empleando tecnologías que permitiesen aislar las células ES sin destruir el embrión. Sin embargo, tras esta decisión del Tribunal de Justicia de la UE y pese a que la EPO no está obligada a ceñirse a las decisiones de este tribunal, lo más probable es que dado el principio de mutua consideración, la EPO acepte seguir esta misma doctrina en sus futuras decisiones. Más aún, los cientos de patentes europeas ya concedidas por la EPO relativas al uso de células ES humanas tendrían un alto riesgo de ser anuladas por los juzgados nacionales en el caso de que terceros (¿Greenpeace por ejemplo?) iniciasen procedimientos de nulidad.
Sea como fuere, lo que parece claro es que esta decisión judicial ha levantado ampollas en muchos científicos del área de las células madre (ver por ejemplo las páginas del Consorcio Europeo EuroStemCells, o de la Sociedad Internacional para la Investigación con Células Madre, ISSCR), puesto que parece poner un importante obstáculo en el camino del desarrollo de futuros procedimientos terapéuticos de estas células. Es obvio que la posibilidad de explotar económicamente los procedimientos y tecnologías que pudieran derivarse de estas investigaciones es un potente motor que empuja la investigación en este (y en cualquier otro) área.
La sociedad ha demandado siempre de los científicos (con razón) que sus avances se traduzcan de manera eficaz y lo más rápidamente posible en productos, tecnologías o procedimientos que supongan un beneficio y reviertan en el bienestar de la sociedad que los financia. Difícilmente podrá hacerse algo así en un área que parece estar seriamente limitada desde el punto de vista legal, en la capacidad de proteger la propiedad industrial de sus investigaciones.
Para leer más:
Comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la UE dando a conocer la resolución del tribunal.
Texto íntegro de la sentencia.
La directiva europea 98/44/CE, relativa a la protección relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas, completa.
Semana de la Ciencia en el CNIO
Ya comenté que se acercan las fechas de la Semana de la Ciencia y que dentro de la programación de este año, participaré con una conferencia sobre la investigación biomédica del envejecimiento, utilizando como hilo conductor investigaciones desarrolladas por científicos del CNIO. Me gustaría llamar la atención también sobre otras interesantísimas conferencias y actividades que tendrán lugar en el CNIO con motivo de la Semana de la Ciencia de este año.
- “¿Cómo se descubre un fármaco?” Por Fernando Peláez, subdirector del centro y que anteriormente fue director del centro de investigación de la farmacéutica Merck en España. Jueves 10 de Noviembre.
- “¡Qué difícil es ser maligno! Lecciones de los tumores benignos”. Por Francisco X Real, jefe del grupo de Carcinogénesis Epitelial. Martes 15 de Noviembre.
- “¿Qué hay dentro de una célula cancerígena?”. A cargo del investigador Guillermo de Cárcer, del grupo de División Celular y Cáncer. Miércoles 16 de Noviembre.
Como decía también hay otra serie de actividades más allá de las conferencias, como por ejemplo:
- “Jornadas de puertas abiertas. Conoce el CNIO“. Que tendrá lugar el Jueves 17, de 15:00 a 18:00, destinado al público en general con el objetivo de dar a conocer el centro.
- “Talleres didácticos: Acercamiento a la investigación en cáncer“. Para estudiantes de secundaria y bachillerato, y que tendrá lugar el Martes 15 de 9:50 a 14:00.
Por supuesto existen multitud de actividades más que merecen mucho la pena, y les animo a que echen un vistazo a la programación de actividades de la Semana de la Ciencia y encuentren la más cercana y que más les interese.
Fuente de la Eterna Juventud, ¡en vivo!
Dentro de la programación de la próxima Semana de la Ciencia (la única semana del año que dura dos semanas), participaré con una conferencia divulgativa sobre la investigación del envejecimiento y el cáncer, utilizando como hilo conductor algunos de los trabajos de investigación llevados a cabo por investigadores del CNIO. Será una ocasión estupenda para repasar aspectos clave de la investigación biomédica del envejecimiento y echar un vistazo a las muy importantes contribuciones en este campo realizadas por investigadores del CNIO en años recientes. La conferencia tendrá lugar en el auditorio del CNIO el lunes 14 de Noviembre a las 18:00.
La entrada es libre, pero es imprescindible estar registrado antes. No digan luego que no les avisé. Para ello:
Desde el día 24/10/2011 hasta el día 11/11/2011, desde las 8:00 hasta las 18:00. Es necesario hacer reserva online., www.cnio.es/semanaciencia
Será un placer vernos,
Hasta la vista











